jueves, 16 de diciembre de 2010

BiblioCRA

REGLAMENTO BIBLIOTECA CRA

Escuela Centro Educativo Siglo XXI

La Biblioteca CRA de la escuela Centro Educativo Siglo XXI, está a disposición de la comunidad educativa del establecimiento, la cual debe sentirse motivada a aprovechar sus materiales, beneficios y actividades.
El presente reglamento regula en forma general las políticas y procedimientos que se dispondrán en el ejercicio diario del préstamo de su colección bibliográfica, materiales y uso de sus salas e implementación.


Articulo nº 1
Tipos de Servicio y Horarios:
A). SERVICIOS:
BiblioCRA ofrece a sus usuarios los siguientes servicios:
A.1.1- Préstamos de materiales bibliográficos, didácticos de entretención y  audiovisuales.
A.1.2-   Referencia y Consulta (búsqueda de información y uso de fuentes). Servicio de Internet.
A.1.3-   Recursos multimedia.
A.1.4-  Sala de lectura y sala multifuncional CRA para la realización de diversas actividades académicas y culturales.
A.1.5-  Entrenamiento de usuarios en el uso de las herramientas y fuentes de búsqueda de información.
B). HORARIOS:
CRA ofrece sus servicios en los siguientes horarios:
B.1.1-  Jornada de la mañana: 08:15 a 13:20 hrs.
B.1.2-  Jornada tarde: 14:20 a 18:30 hrs.


ART. N°2
C) Tipos de Usuarios
C.2.1-   Alumnos: esta categoría agrupa alumnos desde Kinder a 8 año básico.
C.2.2-  Apoderados: A todos aquellos padres, madres o familiares del alumno de un alumno que acrediten mediante la agenda del colegio su relación con este.
C.2.3-   Docentes: Esta categoría agrupa a aquellos funcionarios que imparten
docencia al interior del establecimiento.


ART. N°3
D) Obligaciones de los usuarios:
Los usuarios de la BiblioCRA de la escuela Centro Educativo Siglo XXI deberán cumplir las obligaciones, en relación a los servicios recibidos.

D.3.1-  Para solicitar material del CRA deberá utilizar agenda escolar.
D.3.2- Conservar y devolver el material bibliográfico, audio visual y didáctico en las mismas condiciones en que le fue facilitado.

D.3.3- Devolver el material bibliográfico, audiovisual y didáctico dentro del plazo otorgado por el CRA.

D.3.4- Mantener un trato deferente con el personal del CRA y usuarios, así como el orden, limpieza y el silencio dentro del recinto.
D.3.5- Al retirarse de la sala CRA debe dejar los libros en su lugar  para colaborar con el orden y clasificación de los textos.
D.3.6- Por seguridad interna al salir del recinto CRA el usuario deberá dar las facilidades que se requieran para verificación del material que es portador, siempre y cuando la oportunidad lo amerite.

ART. Nº 4:
E) Prestamos
Modalidad de préstamos:
E.4.1- Préstamo en sala: se aplica  a todas aquellas obras o recursos que  por su contenido particular, uso o valor, no se facilitan a domicilio, sino sólo dentro de la sala de lectura del CRA.

E.4.2- Préstamo a domicilio: Son aquellas obras pertenecientes a la colección general, y que se prestan por un periodo normal.

 Procedimientos de préstamos:
 Alumnos y Apoderados:
E.5.1-  Al pedir una obra o recurso se le exigirá su agenda escolar que es un documento oficial, sin ella no podrá acceder a la facilitación de ningún material.
E.5.2- En caso de extravió de agenda escolar, deberá pedir autorización del Coordinador CRA para ver la posibilidad de préstamo a través de un pase especial dado por este, mientras regulariza su situación.
E.5.3- Los alumnos de Kinder a 8 año básico podrán llevarse un libro a la vez.
E.5.4- El préstamo será de 10 días desde la fecha registrada en la agenda escolar.
E.5.5- Para renovar el plazo debe traer el libro y su agenda escolar en la fecha de vencimiento, renovándose el préstamo por tres días más. Ahora, si el libro llegase fuera de plazo, no podrá aplicarse esta medida ya enunciada. Además, en caso que la demanda fuera mayor y los libros estuvieran reservado por otro usuario al momento de la renovación, no podrá aplicarse la ampliación del préstamo.

Art.N°5
Uso de las dependencias del CRA e Internet.
F) Dependencia
F.5.1- La encargada CRA controla cada día la existencia del material de los estantes; en caso de pérdida o deterioro la responsabilidad será del grupo y profesor que haya trabajado en esa jornada.
F.5.2- Mientras esté en la sala de lectura o sala multifuncional CRA el comportamiento debe ser el adecuado a un lugar de trabajo, es decir, mantener el orden, el silencio y la limpieza del espacio facilitado.
F.5.3- En el caso que los docentes quisieran solicitar la sala del CRA, que no estuviese asignada para actividades de clase se debe requerir con un día de anticipación, a modo de contemplar los recursos a utilizar en la clase y la demanda de los demás usuarios del establecimiento. Dicha petición quedará expuesta en un libro especial destinado a registrar las actividades de ambas salas.

F.5.4- El uso de las salas CRA en jornada normal de clase deberá ser ocupado por alumnos y su profesor a cargo, en ningún caso alumnos solos.

F.5.5-En el caso de alumnos que no realicen clases de Educación Física, estos podrán permanecer en la sala o espacio que esté disponible, debiendo realizar actividades relacionadas con sus contenidos propios, de lo contrario podrán leer. 


G) Internet
G.5.1- Cada alumno que ingrese a la Biblioteca CRA debe inscribirse con la encargada para hacer uso de un computador, presentando agenda escolar.
G.5.2- El uso del computador es personal y de trabajo.
G.5.3- No está permitido jugar, ni chatear, ni ingresar a fotolog o Facebook.
G.5.4- El alumno deberá trabajar con él o los software que están instalados en el equipo y no bajar por cuenta propia de Internet ningún programa.

G.5.5- La persona que utilice el computador, se responsabiliza, tanto de él, como de
sus periféricos (Mouse y parlantes), así como también de los lugares visitados en Internet, de los cuales queda registro en el servidor, siendo éste revisado periódicamente.


ART. N°6
H) Infracciones
Serán consideradas infracciones al presente reglamento las siguientes situaciones:
H.6.1- Los usuarios que falten el respeto a los funcionarios del CRA.
H.6.2- Los usuarios que sean sorprendidos apropiándose en forma indebida del material bibliográfico, audiovisual o didáctico.
H.6.3- Retraso en la devolución del material facilitado.
H.6.4- El  deterioro, destrozo o pérdida del material solicitado.
H.6.5-  El deterioro de las instalaciones y mobiliario de la biblioteca CRA.
H.6.6-  Uso indebido de la agenda escolar.
H.6.7-  Comer, jugar o no guardar silencio en las dependencias del CRA.

ART.N°7
I) Sanciones:
I.7.1- Todo alumno  que falte respeto a los funcionarios del CRA, quedará registrado con una anotación al libro de clases correspondiente más un aviso al profesor jefe. Si la falta fuese mayor, se solicitará la aplicación del reglamento interno de convivencia del colegio, de acuerdo a la gravedad del asunto.
I.7.2- Si se sorprende a un usuario apropiándose indebidamente de algún material, se llevará el problema frente a las autoridades del colegio y quedará suspendido del uso de la biblioteca CRA.
I.7.3- El Lector que no devuelva la obra dentro del plazo señalado, deberá cancelar una multa de $150 pesos por cada día que sobrepase a la fecha de vencimiento. Si no cancela la multa será inhabilitado para solicitar libros o materiales.
I.7.4- Si un lector deteriora un libro que recibió en préstamo abonará una cantidad para su encuadernación, de acuerdo al tamaño, tapas, hojas, etc.
I.7.5- Si pierde un libro que recibió de préstamo, debe avisar lo antes posible a la encargada CRA, ella le dará el título y el autor del libro extraviado, dándole un plazo de 7 días para responder por la obra (no se aceptara material fotocopiado o copia resumida) en caso de no cumplir, se solicitara la intervención por parte de rectoría  o el equipo de directivo del establecimiento.
I.7.6- Quien facilite el carné a otro usuario(s) para solicitar libros o materiales, serán sancionados con la suspensión de su calidad de usuario, no pudiendo solicitar libros en préstamo por un SEMESTRE. Esta sanción será aplicada a ambos usuarios de acuerdo con la investigación correspondiente.

I.7.7- En la sala de lectura el comportamiento debe ser el adecuado a un lugar de trabajo. Si alguien actúa incorrectamente a juicio de la encargada del CRA, se hará acreedor a una llamada de atención; si se repite, podrá llegar a solicitarse que abandone las dependencias del CRA.




 

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